Política de conflictos de interés
Brókers y RegulaciónEl documento que señala dónde diverge el interés de la empresa del suyo y por qué revelar es el más débil de los tres.
Una política de conflictos de interés es el documento aparte, al que remite el contrato del cliente, en el que la empresa identifica los puntos donde su propio interés puede divergir del interés del cliente y declara qué hace en cada caso. Las situaciones nombradas son estructurales y no accidentales: la empresa situándose al otro lado de las operaciones del cliente, ingresos que suben con la actividad del cliente, pagos hechos a prescriptores o recibidos de ellos, y personal cuya retribución depende de los volúmenes.
El documento se juega en lo que la empresa dice hacer con cada conflicto, porque identificarlo no es lo mismo que eliminarlo. Los marcos regulados suelen fijar un orden: evitar el conflicto, gestionarlo de modo que el cliente no quede en desventaja y revelarlo solo cuando no cabe confiar en los dos primeros, lo que hace de la revelación el más débil de los tres y no la respuesta habitual. Leer la política es, por tanto, contar cuántas entradas terminan solo en revelación y ver si lo descrito puede comprobarse de forma independiente.
Términos relacionados
Más en Brókers y Regulación
Modelo A-Book / B-Book (ejecución de órdenes)Bloqueo de cuentaCierre de cuentaModelo de agencia frente a modelo por cuenta propiaResolución alternativa de litigios (RAL)AML (Prevención del Lavado de Dinero)Test de convenienciaAustralian Securities and Investments Commission (ASIC)Cesión y novaciónDeslizamiento asimétricoBaFinTitular real